Decreto núm. 335-2016¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 335
- Año: 2016
- Título detectado: que autoriza al Teniente Coronel Piloto Richard A. Liriano Camilo, FARD, a aceptar y usar la Medalla “Honor al Merito”, la cual le fue otorgada por el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela. G. O. No. 10862 del 11 de noviembre de 2016
- Fecha: 08/11/2016
- Gaceta oficial: 10862
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
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Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 335-16 que autoriza al Teniente Coronel Piloto Richard A. Liriano Camilo, FARD, a aceptar y usar la Medalla “Honor al Merito”, la cual le fue otorgada por el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela. G. O. No. 10862 del 11 de noviembre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 335-16
VISTA: La Ley No. 1325, del 13 de enero del 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras, a ciudadanos dominicanos.
VISTO: El Reglamento No. 4157, del 4 de febrero del 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones.
VISTA: La comunicación No. 28935, del 18 de octubre de 2016, del Teniente General, ERD, Rubén D. Paulino Sem, Ministro de Defensa, dirigida al Señor Presidente de la República.
VISTA: La comunicación No. 1479, del 20 de octubre de 2016, del Mayor General, ERD, Pedro A. Cáceres Chestaro, Asesor Militar Terrestre, Naval y Aéreo del Poder Ejecutivo.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República dicto el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se autoriza al Teniente Coronel Piloto Richard A. Liriano Camilo, FARD, para que pueda aceptar y usar la Medalla de ´´Honor al Mérito ’’, la cual le fue otorgada por el Ejército Bolivariano, de la República Bolivariana de Venezuela.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.