Decreto núm. 327-2016¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 327
- Año: 2016
- Título detectado: que autoriza al Coronel Piloto Manuel A. García Ligthgow, FARD, a aceptar y usar la Medalla de Pacificador, otorgada por el Ejército de Brasil. G. O. No. 10862 del 11 de noviembre de 2016
- Fecha: 08/11/2016
- Gaceta oficial: 10862
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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747739a581d2b7396a1e79229b1316dc9349b74e2f50555360d0854ed81b4c7a - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 327-16 que autoriza al Coronel Piloto Manuel A. García Ligthgow, FARD, a aceptar y usar la Medalla de Pacificador, otorgada por el Ejército de Brasil. G. O. No. 10862 del 11 de noviembre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 327-16
Página 2 del PDF¶
VISTA: La Ley No.1325, del 13 de enero del 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos.
VISTO: El Reglamento No.4157, del 4 de febrero del 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones.
VISTA: La comunicación No.33588, del 11 de diciembre de 2015, del Teniente General, E.R.D., Máximo W. Muñoz Delgado, Ministro de Defensa, dirigida al Señor Presidente de la República.
VISTA: La comunicación No.1464, del 15 de diciembre de 2015, del Mayor General, E.R.D., Adán B. Cáceres Silvestre, Jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se autoriza al Coronel Piloto, Manuel A. García Ligthgow, F.A.R.D., para que pueda aceptar y usar la “Medalla de Pacificador”, la cual fue otorgada por el Ejército Brasileño.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.