Decreto núm. 320-2016¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 320
- Año: 2016
- Título detectado: que autoriza a la compañía Tecnologías Plexus, S.R.L., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes del Reino de España, a fijar domicilio en la República Dominicana. G. O. No. 10862 del 11 de noviembre de 2016
- Fecha: 08/11/2016
- Gaceta oficial: 10862
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3379686&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3379686&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
b94792e3511a6511d8e269164199a449eaceadfe6b353f6e1b01b8d053441d70 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 320-16 que autoriza a la compañía Tecnologías Plexus, S.R.L., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes del Reino de España, a fijar domicilio en la República Dominicana. G. O. No. 10862 del 11 de noviembre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 320-16
VISTA: La instancia que por vía del Ministerio de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo, la sociedad comercial que aparece en la parte dispositiva del presente Decreto.
VISTO: El Artículo 13 del Código Civil de la República Dominicana.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se autoriza a la compañía Tecnologías Plexus, S. L., sociedad comercial, organizada de conformidad con las leyes del Reino de España, con su domicilio principal en la calle Isidro Parga Pondal, número 2, local 4, Santiago de Compostela, La Coruña, España, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Página 2 del PDF¶
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.