Decreto núm. 315-2016¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 315
- Año: 2016
- Título detectado: que modifica el Numeral 35, del Articulo 1, del Decreto No. 318-13, que declaró de utilidad pública varias porciones de terrenos para ser destinadas a edificaciones escolares. G. O. No. 10862 del 11 de noviembre de 2016
- Fecha: 08/11/2016
- Gaceta oficial: 10862
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3379681&managementType=1
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476f80fb35b8742033d4ee448b7df28f9f73ba8975dec85993deb20b72847d22 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 315-16 que modifica el Numeral 35, del Articulo 1, del Decreto No. 318-13, que declaró de utilidad pública varias porciones de terrenos para ser destinadas a edificaciones escolares. G. O. No. 10862 del 11 de noviembre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 315-16
Página 2 del PDF¶
VISTA: La Ley N.° 344, del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente:
DECRETO
Artículo 1. Se modifica el numeral 35 del Artículo 1 del Decreto No.318-13, del 8 de noviembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente:
“35. Una porción de terreno con una extensión superficial de ciento cincuenta y nueve metros cuadrados (159.00 mts.2), ubicada en la Parcela No.339-A, del Distrito Catastral No.2, de la provincia La Vega, provisto del Certificado de Título No.2000-819, expedido por el Registro de Título de La Vega, a favor del señor DOMINGO CANDELARIO PERALTA”.
Artículo 2. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Registrador de Títulos correspondiente y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.