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Decreto núm. 299-2016

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Dec. No. 299-16 que modifica el numeral 11 del Artículo 1 del Dec. No. 45-14, que declaró de utilidad pública varias porciones de terrenos para ser destinadas a la construcción de edificaciones escolares. Excluye de la declaratoria de utilidad pública las parcelas restantes del deslinde de la Parcela No. 79-Ref., del D. C. No. 12, propiedad del Banco de Reservas y deroga el numeral 10 del Art. 1 del Dec. No. 144- 13. G. O. No.10860 del 21 de octubre de 2016.

DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 299-16

VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente:

DECRETO

Artículo 1. Se modifica el numeral 11, del Artículo 1, del Decreto No.104-14, del 18 de marzo de 2014, para que se lea de la manera siguiente:

“11. El inmueble identificado con la designación catastral No.307656762569, con una extensión superficial de diez mil quinientos veinticuatro punto sesenta y nueve metros cuadrados (10,524.69 mts.2), Matrícula No.3000198886, expedida a favor del Banco de Reservas de la República Dominicana, por el Registrador de Títulos de San Cristóbal”.

Artículo 2. Quedan fuera de la declaratoria de utilidad pública, las parcelas resultantes del proceso de deslinde y subdivisión de la Parcela No.79- Ref., del Distrito Catastral No.12, propiedad del Banco del Reservas, detalladas en el cuadro siguiente:

Inmuebles Matrículas Inmuebles Matrículas 307656490068 3000198882 307656773837 3000198894 307656541876 3000198884 307656690791 3000198899 307656769845 3000198892 307656787563 3000198897 307656479050 3000198883 307656590864 3000198900

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307656556178 3000198885 307656493328 3000198902 307656585861 3000198898 307656496302 3000198903 307656861601 3000198887 307656862915 3000198889 307656788168 3000198896 307656863731 3000198888 307656870238 3000198890 307656777172 3000198891 307656676627 3000198893 307656496816 3000198901 307656870946 3000198895

Artículo 3. Se deroga el numeral 10, del Artículo 1, del Decreto No.144-13, del 27 de mayo de 2013, donde se declaraba de utilidad pública una porción de terreno, dentro del ámbito de la Designación Catastral No.313377403718, ubicada en el municipio de La Vega, provincia La Vega, amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.0300012292.

Artículo 4. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Registrador de Títulos correspondiente y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.

DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.