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Decreto núm. 262-2016

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Dec. No. 262-16 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10859 del 3 de octubre de 2016.

DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 262-16

CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.

CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

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D E C R E T O

Artículo 1. La Sra. Taína Oltmanns Mercedes, queda autorizada a cambiar su nombre por el de INKA TAÍNA OLTMANNS MERCEDES.

Artículo 2. La Sra. Facunda Magalis Ocelina Meléndez García, queda autorizada a cambiar su nombre por el de MAGGIE MELÉNDEZ GARCÍA.

Artículo 3. La Sra. Leónides Nolasco, queda autorizada a cambiar su nombre por el de LUZ MARÍA NOLASCO.

Artículo 4. El Sr. Secundino Miguel Núñez Caba, queda autorizado a cambiar su nombre por el de MAGNAURY MIGUEL NÚÑEZ CABA.

Artículo 5. La Sra. Anastasia Campusano Figueroa, queda autorizada a cambiar su nombre por el de INÉS ADELISA CAMPUSANO FIGUEROA.

Artículo 6. La Sra. María Mercedes Mercedes, queda autorizada a cambiar su nombre por el de MARÍA MERCEDES.

Artículo 7. La Sra. Luz Mercedes Alix, queda autorizada a cambiar su nombre por el de LUZ ERCILIA ALIX.

Artículo 8. La menor Sheila Alexandra Guzmán Colón, queda autorizada a cambiar su nombre por el de JENNIFER LUCÍA GUZMÁN COLÓN.

Artículo 9. La Sra. Enilda Martínez Dolores, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ENILDA MARTÍNEZ DOLORES.

Artículo 10. La Sra. Ana Altagracia Estrella Cabrera, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ALTAGRACIA ESTRELLA CABRERA.

Artículo 11. La Sra. María Rosado Reyes, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ANA JULIA ROSADO REYES.

Artículo 12. La Sra. Ramona Pérez Reyes, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ANTONIA PÉREZ REYES.

Artículo 13. La Sra. Ambrosia de León Flores, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ANAILY JAQUELÍN DE LEÓN FLORES.

Artículo 14. La menor Marileidy Cossio Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ALEJANDRA SOPHIA COSSIO RODRÍGUEZ.

Artículo 15. El Sr. Juan Manuel Roberto Bonetti Guerra, queda autorizado a cambiar su nombre por el de ROBERTO BONETTI GUERRA.

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Artículo 16. La Sra. Celestina Alcántara Florián, queda autorizada a cambiar su nombre por el de VERY ALCÁNTARA FLORIÁN.

Artículo 17. La Sra. Valeria Castillo Mateo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de LIDIA CASTILLO MATEO.

Artículo 18. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.

DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.