Decreto núm. 178-2016¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 178
- Año: 2016
- Título detectado: que autoriza al Coronel Lic. Santo Gil San Pablo Vallejo, Enlace de la Policía Nacional de la República Dominicana ante AMERIPOL y Agregado de la Policía, a aceptar y usar la Medalla Servicios Distinguidos en la Primera Categoría Primera Vez, otorgada por la Policía Nacional de Colombia. G. O. No. 10848 del 1 de julio de 2016
- Fecha: 29/06/2016
- Gaceta oficial: 10848
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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ce1e8d33ad300d1b49974a157f0f6a6e60a5cbbf1350f3fbf05ada705efdd877 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 178-16 que autoriza al Coronel Lic. Santo Gil San Pablo Vallejo, Enlace de la Policía Nacional de la República Dominicana ante AMERIPOL y Agregado de la Policía, a aceptar y usar la Medalla Servicios Distinguidos en la Primera Categoría Primera Vez, otorgada por la Policía Nacional de Colombia. G. O. No. 10848 del 1 de julio de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 178-16
VISTA: La Ley No. 1325, del 13 de enero del 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos.
VISTO: El Reglamento No.4157, del 4 de febrero del 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos y sus modificaciones.
VISTA: La comunicación No. 134, del 14 de abril de 2016, del Mayor General, E.R.D., Adán B. Cáceres Silvestre, Jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial.
Página 2 del PDF¶
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República dicto el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se autoriza al Coronel Lic. Santo Gil San Pablo Vallejo, Enlace de la Policía Nacional de la República Dominicana ante AMERIPOL y Agregado de la Policía, para que pueda aceptar y usar la Medalla ´´Servicios Distinguidos en la Primera Categoría Primera Vez’’, la cual le fue otorgada por la Policía Nacional de Colombia.
ARTÍCULO 2. Envíese a la Jefatura de la Policía Nacional, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016), años 173 de la Independencia y 153 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.