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Decreto núm. 162-2016

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Dec. No. 162-16 que designa los miembros de la delegación que representará a la República Dominicana ante la 105ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a celebrarse en Ginebra, Suiza, desde el 30 de mayo hasta el 11 de junio de 2016. G. O. No. 10841 del 23 de mayo de 2016.

DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 162-16

CONSIDERADO: Que del 30 de mayo al 11 de junio de 2016, se celebrará en Ginebra, Suiza, la 105a Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo.

CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone el Artículo 3 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cada Estado miembro se debe hacer representar en su conferencia anual por una delegación tripartita compuesta por representantes del Gobierno, de los empleadores y de los trabajadores.

CONSIDERANDO: Que las delegaciones nacionales y los Ministros o Secretarios de Estado son, junto a los delegados y a los consejeros técnicos, de cada uno de los tres grupos (Grupo Gubernamental, Grupo de los Empleadores y Grupo de los Trabajadores) los principales actores de la conferencia.

CONSIDERANDO: Que las delegaciones que asistirán a la Conferencia Internacional del Trabajo estarían compuestas por cuatro (4) delegados y sus suplentes: dos del sector gubernamental, uno en representación del sector de los trabajadores y uno en representación del sector de los empleadores.

CONSIDERANDO: Que cada delegado puede estar acompañado por dos consejeros técnicos, por cada uno de los puntos técnicos inscritos en el orden del día de la Conferencia, según lo estipulado por la Constitución de la OIT, Párrafo 2 del Artículo 3.

CONSIDERANDO: Que la orden del día de la 105a reunión actualmente consta de cinco puntos técnicos y por lo tanto, las delegaciones gubernamentales podrán contar con un máximo de 20 consejeros técnicos cada una.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO ÚNICO: Se designan como miembros de la Delegación que representará a la República Dominicana ante la 105a Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de

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la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que se celebrará en Ginebra, Suiza, desde el 30 de mayo hasta el 11 de junio de 2016.

Delegación Gubernamental

LIC. MARITZA HERNÁNDEZ, Ministra de Trabajo, quien presidirá la Delegación.

Delegada

SRA. PRISCILA BAUTISTA DE LA CRUZ, Consejera de la Misión Permanente de la República Dominicana ante las Naciones Unidas y otras Organizaciones Internacionales en Ginebra.

Suplente del Delgado Titular

LIC. ANDRÉS MOTA PICHARDO, Subdirector de Inspección.

Consejeros Técnicos

SRA. GLADYS SOFÍA AZCONA DE LA CRUZ, Viceministra para Sectores Vulnerables y Trabajos Infantiles del Ministerio de Trabajo;

MIOSOTTi MATOS FÉLIZ DE DÍAZ, Encargada del Servicio Nacional de Empleo (SENAE).

CONSUELO PIÑEYRO GABRIEL, Asistente de la Ministra y Secretaria del Consejo.

Delegación de los Empleadores Delegado Titular

LIC. JOEL ADRIÁN SANTOS ECHEVARRÍA, Presidente de la Confederación Patronal de la República Dominicana (COPARDOM).

Suplente del Delegado Titular

LIC. PEDRO RODRÍGUEZ VELÁSQUEZ, Director Ejecutivo de la Confederación Patronal de la República Dominicana (COPARDOM).

Consejeros Técnicos

RAFAEL PAZ, Vicepresidente Ejecutivo del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP);

LIC. HERNANDO PÉREZ MONTÁS, Asesor de la Confederación Patronal de la República Dominicana (COPARDOM);

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Delegación de los Trabajadores Delegado Titular

GABRIEL ANTONIO DEL RÍO DOÑÉ, Secretario General de la Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC).

Suplente del Delegado Titular

JACOBO RAMOS CRISPÍN, Presidente de la Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD).

Consejeros Técnicos

RAFAEL ABREU, Consejo Nacional de Unidad Sindical (CNUS);

YGNACIO HERNÁNDEZ, Consejo Nacional de Unidad Sindical (CNUS);

EULOGIA FAMILIA, Consejo Nacional de Unidad Sindical (CNUS);

RÓMULO VALLEJO, Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC);

MARÍA DE JESÚS PÉREZ, Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC);

SILVANA SUERO, Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC);

SANTIAGO SAMORA FRANCISCO, Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD);

DAYSI MONTERO DE ÓLEO, Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD);

JULIO CÉSAR GARCÍA CRUCETA, Consejo Nacional de Unidad Sindical (CNUS).

ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Trabajo, a la Confederación Patronal de la República Dominicana y a la Confederación Autónoma Sindical Clasista.

DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de mayo del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 153 de la Restauración.

DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.