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Decreto núm. 152-2016

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Texto

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Dec. No. 152-16 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10837 del 28 de abril de 2016.

DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 152-16

CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones.

CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente:

DECRETO

Artículo 1. El señor Enriquillo Antonio Soto Rosario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Enrique Antonio Soto Rosario.

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Artículo 2. El señor Eustaquio De la Cruz Severino, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Elín De la Cruz Severino.

Artículo 3. La señora Altagracia Polanco Gómez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Idalia Polanco Gómez.

Artículo 4. La señora Bonifacia Gómez Novas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Evelia Gómez Novas.

Artículo 5. El señor Flordán Antonio Matos Medina, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Floidán Antonio Matos Medina.

Artículo 6. El señor Jennifer Starlin De León Mora, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jeifer Starlin De León Mora.

Artículo 7. La señora Isabel De la Cruz Rosario, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Gisela De la Cruz Rosario.

Artículo 8. El señor Tovías del Carmen Liz Blanco, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Tomás del Carmen Liz Blanco.

Artículo 9. El señor Wilson Javier Polanco, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Javier Polanco.

Artículo 10. La señora Ana María Santana, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosa María Santana.

Artículo 11. La señora Orfelia Liranzo Guerrero, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Benancia Liranzo Guerrero.

Artículo 12. El señor Gabriel Guerra Leonardo, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Daniel Guerra Leonardo.

Artículo 13. La señora Tirsa Poche Paniagua, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Teresa Poche Paniagua.

Artículo 14. La señora María Faustina Mejía Del Rosario, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Mejía Del Rosario.

Artículo 15: Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.

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DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de abril del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 153 de la Restauración.

DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.