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Decreto núm. 116-2016

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Texto

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Dec. No. 116-16 que modifica varios numerales de los decretos Nos. 260-13, 318-13 y 80-14, que declararon de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10833 del 8 de marzo de 2016.

DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 116-16

VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente:

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DECRETO

Artículo 1. Se modifica el Numeral 1, del Artículo 1, del Decreto No.260-13, del 13 de septiembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente:

“1. Una porción de terreno con una extensión superficial de siete mil trescientos diecisiete punto cuarenta y cinco metros cuadrados (7,317.45 mts.2), dentro del ámbito de Parcela No.313474570000, del municipio de Moca, provincia Espaillat, amparada por el Certificado de Título Matrícula No.1100042176, expedido a favor del señor JOAQUÍN FÉLIX POLANCO GUZMÁN, por el Registrador de Títulos de Moca, la cual proviene de la Parcela No.I-PROV-A, del Distrito Catastral No.03, del municipio Moca, provincia Espaillat, cancelada por trabajos de subdivisión”.

Artículo 2. Se modifica el Numeral 30, del Artículo 1, del Decreto No.318-13, del 8 de noviembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente:

“30. Una porción de terreno con una extensión superficial de quinientos cuarenta y seis punto setenta y cuatro metros cuadrados (546.74 mts.2), no registrada, ubicada en el municipio Nagua, provincia Maria Trinidad Sánchez, con las siguientes colindancias: al norte, Liceo de Mata Bonita; al este, Juan Lantigua; al sur, Hipólito Ramos; y al oeste, Daniel Alvarado, propiedad del señor JUAN MARTÍNEZ”.

Artículo 3. Se modifica el Numeral 11, del Artículo 1, del Decreto No.80-14, del 8 de marzo de 2014, para que se lea de la manera siguiente:

“11. Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil ciento cuarenta y cuatro punto treinta metros cuadrados (3,144.30 mts.2), no registrada, ubicada en el municipio de Sabana de la Mar, provincia Hato Mayor del Rey, con las siguientes colindancias: al norte, Silvio López; al sur, carretera Sabana de la Mar- Miches; al este, Proyecto habitacional; y al oeste, Cañada, usufructuada por el señor APOLINAR DE JESUS FRECHEL LÓPEZ”.

Artículo 4. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Registrador de Títulos correspondiente y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes.

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DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016), años 173 de la Independencia y 153 de la Restauración.

DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.