Saltar a contenido

Decreto núm. 098-2016

Aviso

LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.

Metadata

Texto

Página 1 del PDF

Dec. No. 98-16 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10833 del 8 de marzo de 2016.

DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 98-16

CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo, a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones.

CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente:

D E C R E T O

Artículo 1. El señor Ramón Espinal Alemán, queda autorizado a cambiar su nombre por el de José Ramón Espinal Alemán.

Artículo 2. La señora Dominga Falette Trejo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Danna Falette Trejo.

Artículo 3. El señor Dominicano Bienvenido Modesto Faringthon, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Dominic Modesto Faringthon.

Artículo 4. El señor Dolores Encarnación Montero, queda autorizada a cambiar su nombre José David Encarnación Montero.

Artículo 5. La señora Jacinta del Carmen Adames Taveras, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Carmen Adames Taveras.

Artículo 6. La señora Sergia Veneranda Colón, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Perseberanda Colón.

Artículo 7. El señor Remberto Rivera Santana, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Alberto Rivera Santana.

Página 2 del PDF


Artículo 8 La señora Juana Pastora Ramírez Bueno, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Santa Juana Ramírez Bueno.

Artículo 9. La señora Luz Ramona Domínguez Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Luz María Domínguez Rodríguez.

Artículo 10. La señora Cruz Bautista Valdez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Crusita Bautista Valdez.

Artículo11. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 153 de la Restauración.

DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.