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Decreto núm. 054-2016

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Dec. No. 54-16 que concede pensiones especiales del Estado dominicano a varias personas. G. O. No. 10831 del 4 de marzo de 2016.

DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 54-16

VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981.

VISTOS: Los oficios Nos.2481, del 12 de agosto de 2015; 2748, del 26 de agosto de 2015; 3987, del 23 de noviembre de 2015; 4221, del 8 de diciembre de 2015; 506, del 4 de febrero de 2016; 792, del 24 de febrero de 2016 y 909, del 25 de febrero de 2016, dirigidos al Presidente de la República, por el Director General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente:

D E C R E T O

ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas:

  1. Silvio González, Cédula de Identidad y Electoral No.001-0644805-3, por un monto de treinta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales.

  2. José Ismael Castillo Mateo, Cédula de Identidad y Electoral No.001-0008736-0, por un monto de cincuenta y seis mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$56,000.00) mensuales.

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  1. Maximina Manuela Mora Contreras, Cédula de Identidad y Electoral No.001- 0850930-8, por un monto de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales.

  2. José Francisco Rivera Santana, Cédula de Identidad y Electoral No.001-0728539-7, por un monto de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales.

  3. Ysabel García Tavárez, Cédula de Identidad y Electoral No.001-0186187-0, por un monto de veinticinco mil seiscientos sesenta y cinco pesos dominicanos con 88/100 (RD$25,665.88) mensuales.

  4. José Orlando Coste Marte, Cédula de Identidad y Electoral No.048-0037100-9, por un monto de cuarenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales.

  5. Alba Leonora Bautista Castillo de Terrero, Cédula de Identidad y Electoral No.001- 0146647-2, por un monto de cincuenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales.

  6. Carmen Victoria Miolán Palacios, Cédula de Identidad y Electoral No.001- 1098743-5, por un monto de cincuenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales.

  7. Fausto Antonio Sánchez Matos, Cédula de Identidad y Electoral No.012-0004874-0, por un monto de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales.

ARTÍCULO 2. Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a las siguientes personas:

  1. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de María de Jesús Rojas López de García, Cédula de Identidad y Electoral No.001-0325871-1.

  2. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de Rosa Adela De León Pérez, Cédula de Identidad y Electoral No.001- 0070113-5.

  3. A la suma de cuarenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales, a favor de Rosa María Mora Contreras, Cédula de Identidad y Electoral No.047-0016127-8.

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  1. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de Rafael Emilio Soto, Cédula de Identidad y Electoral No.001-0051121-1.

  2. A la suma de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales, a favor de Alcedo Arturo Ramírez Fernández, Cédula de Identidad y Electoral No.012-0007316-9.

  3. A la suma de veinticinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a favor de Julio Vizcaíno Chávez, Cédula de Identidad y Electoral No.001-0375515-3.

  4. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de Trajano Santana, Cédula de Identidad y Electoral No.076-0010996-6.

  5. A la suma de veinticinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a favor de Aníbal Oscar Fermín Toro, Cédula de Identidad y Electoral No.001-0775610-8.

  6. A la suma de veinticinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a favor de Nilda Fedora Ortiz Cassó, Cédula de Identidad y Electoral No.001-0113301-5.

  7. A la suma de veinte mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de David Eugenio Féliz Gómez, Cédula de Identidad y Electoral No.001- 0234045-2.

  8. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de Lesbia Mercedes Goris Durán, Cédula de Identidad y Electoral No.001- 0106740-3.

  9. A la suma de veinte mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de Teresa Medina Matos de Ferreras, Cédula de Identidad y Electoral No.001-0637157-8.

ARTÍCULO 3. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas, en la Ley No.41-08, sobre Función Pública, en los casos que aplique.

ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes.

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DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 153 de la Restauración.

DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.