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Decreto núm. 032-2016

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Dec. No. 32-16 que otorga la Medalla al Mérito a la Mujer, como reconocimiento a los esfuerzos realizados y por distinguirse en los diferentes campos del quehacer social, a varias damas dominicanas. G. O. No. 10831 del 4 de marzo de 2016.

DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 32-16

CONSIDERANDO: Que el 8 de marzo es el Día Internacional de la Mujer, fecha en la cual el Gobierno dominicano rinde homenaje a la mujer dominicana que se ha destacado por desempeñar un rol fundamental en el ámbito económico, político, social y humanitario, y como sostén de la familia.

CONSIDEDANDO: Que la mujer dominicana cada día se capacita y participa más en los procesos de desarrollo de la vida nacional, destacándose tanto en el ámbito de la vida pública como en el ámbito de la vida privada.

VISTO: El Decreto No.3013, del 29 de mayo del 1985, que crea la Medalla al Mérito a la Mujer.

VISTA: La comunicación marcada con el No.020100, del 18 de febrero de 2016, del Ministerio de la Mujer, al Señor Presidente de la República.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente:

DECRETO

Artículo 1. Se otorga la Medalla al Mérito a la Mujer, como reconocimiento a los esfuerzos realizados y por distinguirse en los diferentes campos del quehacer social, a las siguientes damas:

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No. Nombres y Apellidos

Renglón

  1. Jatnna Luisa Tavárez Portillo

Calidad Profesional 2. Donata Antonia Gutiérrez Acevedo

Calidad Profesional 3. Haydeli del Rosario Toribio Díaz

Educación 4. Mercedes Amparo Pimentel Pérez

Educación 5. Altagracia Esperanza Esquea de Cumberbatch

Ciencias de la Salud 6. Magda Alina Rodríguez Azcona

Participación Política 7. Eunice Josefina Jimeno Olivier

Participación Política 8. Sonia Mercedes Hurtado Casals

Labor Comunitaria 9. Rafaela Pérez

Labor Filantrópica 10. Francisca García Reyes

Homenaje Póstumo

Artículo 2. Envíese al Ministerio de la Mujer, para los fines correspondientes.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016); años 173 de la Independencia y 153 de la Restauración.

DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.